Area Legal

Indicadores Laborales y Legales
Salario Mínimo Mensual (01/Mayo/2010) BsF 1223.89
Salario Mínimo Mensual (01/Marzo/2010) BsF 1064.25
Salario Mínimo Mensual (01/Septiembre/2009) BsF 967.50
Unidad Tributaria 2011 BsF 76,00
Unidad Tributaria 2010 BsF 65,00
Monto Personas Naturales sin Retención (2010) BsF 5.416,67
Unidad Tributaria 2009 BsF 55,00
Oficina Nacional Antidrogas www.ona.gob.ve
Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Artículo 96:
Previsión presupuestaria para programas obligatorios de información, formación y capacitación de sus trabajadores 

Las personas jurídicas, públicas y privadas que ocupen cincuenta trabajadores o más, destinarán el uno por ciento (1%) de su ganancia neta anual, a programas de prevención integral social contra el tráfico y consumo de drogas ilícitas, para sus trabajadores y entorno familiar, y de este porcentaje destinarán el cero coma cinco por ciento (0,5%) para los programas de protección integral a favor de niños, niñas y adolescentes, a los cuales le darán prioridad absoluta. Las personas jurídicas pertenecientes a grupos económicos se consolidarán a los fines de cumplir con esta previsión.

Las personas jurídicas a las que se refiere este artículo están obligadas a la correspondiente declaración, y pago anual dentro de los primeros quince días continuos siguientes a cada año calendario. El producto de este aporte estará destinado al órgano desconcentrado en la materia para la ejecución de los programas y proyectos que establece este artículo».

Ministerio del Poder Popular para Ciencia y Tecnología www.mct.gob.ve
Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación 

Artículo 37. Las grandes empresas del país (ingresos brutos superiores a 100.000 U.T.) que se dediquen a otros sectores de producción de bienes y de prestación de servicios diferentes a los referidos en los artículos anteriores, deberán aportar anualmente una cantidad correspondiente al medio por ciento (0,5%) de los ingresos brutos obtenidosmen el territorio nacional, en cualesquiera de las actividades señaladas en el artículo 42 de la presente Ley.

Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social mintra
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: LOPCYMAT
Reglamento de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: RLOPCYMAT  

Artículo 22. Organización de los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo

Los patronos, patronas, cooperativas y otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, deberán organizar los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo propios cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:

1. Cuando cuenten con más de doscientos cincuenta (250) trabajadores y trabajadoras o, asociados o asociadas, según el caso.

2. Cuando cuenten entre cincuenta (50) y doscientos cincuenta (250) trabajadores y trabajadoras o, asociados o asociadas, según el caso, y, desarrollen alguna de las actividades económicas indicadas en las normas técnicas que se dicten al efecto.

Ley Orgánica del Trabajo: LOT
Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social: LOSSS
Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente: LOPNA
Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad www.conapdis.gob.ve
Ley para Personas con Discapacidad: LPCD  

Artículo 28. Los órganos y entes de la Administración Pública y privada, así como las empresas públicas privadas o mixtas, deberán incorporar a sus planteles de trabajo no menos de un cinco por ciento (5 %) de personas con discapacidad permanente, de su nómina total, sean ellos ejecutivos, ejecutivas, empleados, empleadas, obreros u obreras.

Comments are closed.